• Managua, Nicaragua
  • 4:24 pm
  • Sep 2, 2021

Siete reos políticos reciben medidas cautelares de la CIDH por situación grave de sus derechos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), desde su oficina en Washington, emitió el reciente 30 de agosto de 2021, la Resolución 71/2021, mediante la cual otorga medidas cautelares a favor de Ana Margarita Vijil Gurdián, Dora María Téllez Arguello, Suyen Barahona Cuán, Jorge Hugo Torres Jiménez, Víctor Hugo Tinoco Fonseca, Arturo José Cruz Sequeira […]
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), desde su oficina en Washington, emitió el reciente 30 de agosto de 2021, la Resolución 71/2021, mediante la cual otorga medidas cautelares a favor de Ana Margarita Vijil Gurdián, Dora María Téllez Arguello, Suyen Barahona Cuán, Jorge Hugo Torres Jiménez, Víctor Hugo Tinoco Fonseca, Arturo José Cruz Sequeira y Luis Alberto Rivas Anduray, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Nicaragua.

De acuerdo a la solicitud, las personas beneficiarias serían conocidas opositoras al actual gobierno de Nicaragua, siendo Dora María Téllez Argüello, Ana Margarita Vijil Gurdián, Suyen Barahona Cuán, Víctor Hugo Tinoco Fonseca y Jorge Hugo Torres Jiménez, integrantes del partido opositor Unión Democrática Renovadora (Unamos); Arturo José Cruz Sequeira es precandidato presidencial del partido opositor Alianza Ciudadana y Luis Alberto Rivas Anduray fue Vicepresidente de la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Económico y Social (FUNIDES).

“Estas personas se encontrarían en una situación de riesgo, tras ser privadas de su libertad sin mediar orden previa, debido a que no se conocen sus condiciones de detención, a ello se suma que algunas padecen enfermedades crónicas graves y a otras se desconocen sus paraderos”, dice la resolución de la CIDH.

La Comisión informó que recibió información del Estado respecto de la situación de Cruz Sequeira, en donde observa que el Estado manifestó la inexistencia de una situación de extrema gravedad e informó que los procesos penales del propuesto beneficiario, se estarían tramitando bajo el respeto de los principios y garantías que inspiran el ordenamiento jurídico nicaragüense; sin embargo, no aportó mayores elementos para desvirtuar las alegaciones de la parte solicitante, desde el estándar prima facie aplicable.

“La Comisión lamenta la falta de respuesta por parte del Estado en relación con las situaciones de Ana Margarita Vijil Gurdián, Dora María Téllez Arguello, Suyen Barahona Cuán, Jorge Hugo Torres Jiménez, Víctor Hugo Tinoco Fonseca y Luis Alberto Rivas Anduray. Si bien lo anterior no resulta suficiente per se para justificar el otorgamiento de una medida cautelar, impide que se analice si los alegatos de las organizaciones solicitantes pueden o no ser desvirtuados, así como conocer las acciones que, en su caso, se estarían implementando para atender las situaciones de riesgo alegadas”, contiene el escrito.

La CIDH tomó en cuenta la situación actual por la que atraviesa Nicaragua y que las alegadas situaciones de riesgo de las personas beneficiarias estarían relacionadas con sus perfiles como opositoras al Gobierno. Además, advirtió que todas las personas beneficiarias se encuentran privadas de su libertad, en situación de incomunicación, siendo que los hechos alegados estarían siendo atribuidos a autoridades estatales. En ese mismo sentido, se señaló particularmente que Tinoco Fonseca, Cruz Sequeira y Rivas Anduray padecen de diversas enfermedades crónicas, así como que los señores Torres Jiménez y Cruz Sequeira son personas mayores.

Estado de Nicaragua obligado a respetar la vida

La Comisión solicitó al Estado de Nicaragua, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento, que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de Ana Margarita Vijil Gurdián, Dora María Téllez Arguello, Suyen Barahona Cuán, Jorge Hugo Torres Jiménez, Víctor Hugo Tinoco Fonseca, Arturo José Cruz Sequeira y Luis Alberto Rivas Anduray

Además que asegure que sus condiciones de detención sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia; tomando en cuenta la situación de riesgo a la vida, integridad personal y salud como resultado de las circunstancias que rodean sus privaciones de libertad actuales, se evalúe, inmediatamente, la posibilidad del otorgamiento de medidas alternativas a la privación de la libertad, de conformidad con su normativa interna y a la luz de los estándares interamericanos aplicables e informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.

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