• Managua, Nicaragua
  • 1:10 pm
  • Oct 15, 2021

Universidades privadas no deberán cobrar más de 1 mil 500 córdobas por títulos según la nueva ley

Este jueves fue aprobada la Ley de Reconocimiento de Estudios, Títulos, Diplomas y Grados Académicos, la cual establece que grados académicos otorgados por las Universidades, Centros de Educación Técnica Superior e Instituciones facultadas para edificios con la aprobación de la establece que tanto universidades públicas como privadas no harán cobros de más de 1 mil […]
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Este jueves fue aprobada la Ley de Reconocimiento de Estudios, Títulos, Diplomas y Grados Académicos, la cual establece que grados académicos otorgados por las Universidades, Centros de Educación Técnica Superior e Instituciones facultadas para edificios con la aprobación de la establece que tanto universidades públicas como privadas no harán cobros de más de 1 mil 500 córdobas por la emisión del título.

La recién aprobada ley regulará la emisión de títulos y grados académicos otorgados por las universidades públicas y privadas, de Educación Técnica Superior e instituciones facultadas para emitirlos. Además crea el Registro Nacional de Títulos y grados académicos, otorgados tanto a nivel nacional como en el extranjero.

“Las instituciones de Educación Superior deberán enviar al Consejo Nacional de Universidades, CNU, en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la publicación de la presente ley, los datos de los 10 últimos años de las personas graduadas, títulos o grados académicos emitidos o reconocidos, según corresponda”, establece la Ley.

Al respecto, el diputado sandinista José Antonio Zepeda, Presidente de la Comisión de Educación de la Asamblea Nacional, refirió que la ley, además de garantizar el cese de los altos cobros de los títulos, también establece que si los graduandos no quieren asistir al acto de graduación no tienen porqué pagar ese arancel si no asistirán.

“Cuando hablamos nosotros de algunos aranceles o de algunos cobros que se puedan hacer en las universidades, lo que hacemos nada más es hablar obviamente, decir hombre, un título va a tener, sea en una universidad pública a una privada, un máximo de 1 mil 500 córdobas y el estudiante no está obligado a participar en actos de graduación, por lo tanto no puedes cobrarle actos de graduación si él no quiere participar”, dijo Zepeda.

El artículo 31 de la recién aprobada ley también declara en Estado de Insuficiencia para mantener la calidad educativa, a las instituciones que no muestren el cumplimiento de los mínimos de estándares de calidad, establecidos en esta ley y que no hayan obtenido la acreditación de estos en dicho proceso y solicitará a la Asamblea Nacional que se proceda a la cancelación de su personalidad jurídica, entre otras.

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