• Managua, Nicaragua
  • 9:55 pm
  • Dic 6, 2021

Decretan el 8 de Diciembre día feriado para trabajadores públicos

La vicedictadora Rosario Murillo informó este 6 de diciembre al mediodía, en sus medios voceros, que este 8 de diciembre es día feriado nacional para todos los trabajadores del Estado y privados, excepto a los trabajos que no se pueden suspender por su naturaleza. “Aquí tenemos el comunicado del Ministerio del Trabajo, confirmando que el […]
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La vicedictadora Rosario Murillo informó este 6 de diciembre al mediodía, en sus medios voceros, que este 8 de diciembre es día feriado nacional para todos los trabajadores del Estado y privados, excepto a los trabajos que no se pueden suspender por su naturaleza.

“Aquí tenemos el comunicado del Ministerio del Trabajo, confirmando que el 8 de diciembre es feriado, fiesta nacional, la celebración de las Purísimas de la Inmaculada Concepción de María”, dijo la vicedictadora.

Murillo informó que la Ministra del Trabajo, Alba Luz Torres Briones, lo propuso al dictador Daniel Ortega y este lo aprobó.

“Se declara el día 8 para todos los trabajadores, asueto, para que las familias nicaragüenses, en goce y comunidad, disfruten las celebraciones nacionales marianas en nuestra Nicaragua, esto es para el sector público y privado, se exceptúan los trabajos que no puedan interrumpirse por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen”, dijo la vicedictadora Murillo.

Asimismo el comunicado del Mitrab establece que:

“En uso de las facultades que le confiere la Ley Número 290, Ley de Organización y competencia, procedimientos del Poder Ejecutivo y Ley número 185 del Código del Trabajo, en su artículo 66 y 264, inciso D, hace saber a todas y todos los empleados públicos y privados del país lo siguiente.

Primero:  Que de conformidad a lo establecido en el artículo 66 del Código del Trabajo de la República de Nicaragua se declara el día miércoles 8 de diciembre del año en curso feriado nacional para todos los y las trabajadoras del sector público y privado, para que las familias nicaragüenses y comunidad, disfruten de las celebraciones marianas en ocasión del Día de la Inmaculada Concepción de María.

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Segundo:  El artículo 69 del Código del Trabajo se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.

Dado en la ciudad de Managua, a los 6 días del mes de diciembre del año 2021,

Alba Luz Torres Briones

Ministra del Trabajo

 

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