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  • 5:24 pm
  • Ago 31, 2023

“Inconstitucional”, así declaró la Corte Suprema de Costa Rica decreto que prohíbe salida de refugiados y solicitantes de refugio

El Decreto Ejecutivo 43810-MGP que prohibía la salida “por ninguna razón” de personas refugiadas y solicitantes de refugio en Costa Rica fue declarado “inconstitucional” por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de ese país, este miércoles. Los magistrados costarricenses de la Sala Constitucional de la Corte Suprema votaron de forma unánime en contra del […]
Solicitantes de refugio nicaragüenses en Costa Rica Foto Cortesía
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El Decreto Ejecutivo 43810-MGP que prohibía la salida “por ninguna razón” de personas refugiadas y solicitantes de refugio en Costa Rica fue declarado “inconstitucional” por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de ese país, este miércoles.

Los magistrados costarricenses de la Sala Constitucional de la Corte Suprema votaron de forma unánime en contra del decreto firmado por el Presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, por considerarlo violatorio al derecho de las personas a solicitar y tener refugio, libre movilización y no discriminación.

El decreto fue firmado por el presidente Rodrigo Chaves en noviembre del año 2022, luego de anunciar un “cambio de reglas” para las peticiones de asilo político en Costa Rica, tras justificar su aprobación por “falta de ayuda internacional”.

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La decisión de los magistrados en contra del Decreto Ejecutivo N° 43810-MGP se da luego de emitir al menos unas 17 condenas que obligan a pagar los daños, costos y perjuicios ocasionados por esa medida inconstitucional a refugiados y solicitantes de refugio, a quienes se les negó un permiso de salida de Costa Rica.

La petición de que el Decreto Ejecutivo fuera declarado “inconstitucional” partió de un periodista nicaragüense refugiado en Costa Rica quien introdujo en febrero de este año un Recurso de Habeas corpus por habérsele impedido su salida del país para realizar estudios en Colombia.

El Recurso de Habeas fue analizado en ese momento por los magistrados de la Sala Constitucional, quienes determinaron que el decreto ejecutivo es contrario a los derechos humanos de las personas migrantes.

Posterior a ese caso, al menos otros 16 recursos más fueron emitidos en contra del decreto y producto de esto los magistrados condenaron al Estado a pagar todos los daños causados a los migrantes afectados.

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Las prohibiciones aprobadas por Rodrigo Chaves en contra de las personas refugiadas y solicitantes de refugio establecen que “la persona refugiada en Costa Rica que saliera del país con o sin autorización, perdería la condición de persona protegida en el país” y “para la solicitud de la condición especial temporal para personas migrantes de Cuba, Venezuela y Nicaragua era necesario el desistimiento de la gestión de refugio pendiente de resolver o de los recursos formulados en contra de la denegatoria”.

Para los magistrados estas prohibiciones violan los artículos 22 y 28 de la Constitución Política, la Convención sobre el Estatuto de Refugiados y la Convención Americana sobre Derechos humanos.

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