• Guatemala
  • 4:11 pm
  • Abr 10, 2024

Guatemala: Gobierno decreta 30 días de estado de calamidad por incendios

El gobierno de Bernardo Arévalo dice que el estado de calamidad permitirá pedir apoyo internacional para el combate del fuego con el fin de poder tomar decisiones que permitan salvaguardar la integridad física de las personas afectadas por los incendios.

Presidente Bernardo Arévalo declara estado de calamidad por incendios forestales en el país. / Foto: Noe Pérez

Presidente Bernardo Arévalo declara estado de calamidad por incendios forestales en el país

  • Nicaragua Actual
  • Noe Pérez | AGN

El mandatario Bernardo Arévalo declaró estado de calamidad en Guatemala, por un período de 30 días para atender la emergencia derivada de los más de 40 incendios en todo el país, la mayoría intencionados, incluyendo el del vertedero de la Cuenca del Lago de Amatitlán (AMSA) y por los cuales ya se presentaron denuncias en el Ministerio Público.

Detalló que está medida “tiene el propósito de fortalecer con insumo a las brigadas que apoyan en los incendios”. Precisó que solo las entidades que tienen un rol relacionado con atender los incendios son las únicas que podrán disponer de los fondos que se destinen al Estado de Calamidad.

“El estado de calamidad” es para todo el territorio nacional guatemalteco, para contrarrestar los incendios forestales que se encuentran activos y los daños que estos causan a la población.

Arévalo dijo que el estado de calamidad permitirá pedir apoyo internacional para el combate del fuego. Esto con el fin de poder tomar decisiones que permitan salvaguardar la integridad física de las personas afectadas por los incendios.

Entre otras de las facultades que brinda el estado de calamidad al Presidente de la República está poder establecer cordones sanitarios o impedir la salida y entrada de personas en las zonas afectadas.

¿Qué dice la Ley sobre el estado de calamidad en Guatemala?

El estado de calamidad pública está contemplado en la Ley de Orden Público. Según el artículo 14, este estado puede ser decretado para evitar lo posible los daños de cualquier calamidad que azote al país o determinada región, así como para evitar o reducir sus efectos.

En el caso del estado de calamidad decretado por Arévalo, este busca centralizar los esfuerzos de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres.

Esto está contemplado en el inciso 1 del artículo 15 de la Ley de Orden Público que dice que el Presidente de la República podrá: Centralizar en la entidad o dependencia que el decreto señala, todos los servicios públicos, estatales y privados, en la forma y circunstancias que el estado de Calamidad Pública lo requiera.

Respecto a ello, el decreto, será publicado este 11 de abril en el Diario de Centro América, contemplará que solo las entidades que estén relacionadas con el combate a los incendios podrán utilizar los mecanismo que el estado de calamidad permite.

Mano dura para la ejecución de fondos

Arévalo anunció además, que se tendrán los mecanismo necesarios para garantizar la transparencia en el uso de los recursos durante el estado de calamidad.

Es por ello que únicamente las entidades implicadas en el combate al fuego pueden hacer uso de los mecanismos de compras y de los recursos necesarios para la emergencia.

Además, el mandatario confirmó que al finalizar el estado de calamidad se presentará un informe financiero detallado de los gastos realizados bajo esa figura legal.

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