Dictadura expropió ilegalmente nueve inmuebles de lujo a ciudadanos estadounidenses
La apropiación de propiedades, bajo decreto o de forma ilegal, ha sido una de las principales prácticas represoras del sandinismo desde su ascenso al poder por la vía armada en 1979.
Una de las propiedades de ciudadanos estadounidenses en Tola que fueron robadas por la dictadura sandinista de Daniel Ortega y Rosario Murillo en 2026.
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Nueve jubilados estadounidenses denunciaron que la dictadura sandinista de Daniel Ortega y Rosario Murillo se apropió de sus viviendas en playa Gavilán, en Tola, departamento de Rivas, y las transfirió al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), sin que los propietarios recibieran una notificación oficial previa.
La ocupación ocurrió a finales de agosto de 2026, cuando los dueños estaban fuera de Nicaragua.
Según la investigación de Confidencial, funcionarios que se identificaron como trabajadores del INSS llegaron a las propiedades y ordenaron a los vigilantes retirarse, alegando que las viviendas habían pasado a manos de la institución. Los propietarios se enteraron de lo ocurrido a través de sus empleados.
Los afectados estiman que las construcciones, las mejoras y los bienes que permanecían en el interior tienen un valor conjunto de aproximadamente 15 millones de dólares. Las viviendas estaban amuebladas y contenían electrodomésticos, ropa y otras pertenencias personales.
Los jubilados habían llegado a Nicaragua durante la década del 2000 y terminado de construir sus casas en 2010. Eran propietarios de las construcciones, pero los terrenos pertenecían al Estado y estaban sujetos a contratos de arrendamiento renovables con la Alcaldía de Tola. Los afectados afirmaron que pagaban anualmente el canon municipal y el impuesto sobre bienes inmuebles.
“Es una burla, nos quitan nuestras casas y después nos las quieren alquilar”, expresó uno de los propietarios, luego de que un funcionario del INSS supuestamente les ofreciera arrendar las mismas viviendas por unos 2 mil dólares mensuales. La ocupación también dejó sin empleo a alrededor de 15 trabajadores locales que se encargaban de la vigilancia, el mantenimiento, la jardinería, la limpieza y la cocina.
Se trata del primer caso registrado en el que el mecanismo de apropiación y posterior transferencia de bienes al INSS se aplica a propietarios extranjeros, en particular estadounidenses. La Procuraduría General de Justicia (PGJ) de la dictadura transfirió 374 propiedades al Seguro Social desde 2024.
En la mayoría de esas “donaciones”, no se publicaron detalles registrales suficientes para identificar públicamente la ubicación y extensión de los bienes. Un portavoz del Departamento de Estado de Estados Unidos habría calificado de “profundamente lamentable” que la dictadura nicaragüense irrespete reiteradamente los derechos de propiedad.
Sin embargo, ni la embajada estadounidense en Managua ni el Departamento de Estado se han pronunciado públicamente en cuanto al caso. En cambio, las instancias recordaron que las advertencias de viaje estadounidenses alertan sobre el riesgo de que las autoridades incauten bienes sin previo aviso ni justificación legal.
Según el funcionario citado por Confidencial, la Embajada de Estados Unidos conoce numerosos casos de confiscaciones que afectan a ciudadanos estadounidenses.
Uno de esos casos fue la toma de un plantel minero propiedad de una empresa estadounidense, un crimen que se habría realizado con la presunta complicidad de empresarios chinos en 2025, mismo que la dictadura se vio obligada a devolver.
La confiscación: una tradición sandinista
La dictadura sandinista tiene un largo historial de robo de propiedades a través de la fuerza estatal. Durante su primera dictadura, tras su usurpación del poder a través de las armas en 1979, la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional (JGRN), bajo control sandinista y con Daniel Ortega a la cabeza, aprobó el Decreto III, que autorizó la confiscación masiva de propiedades de la familia Somoza y otras personas vinculadas al régimen saliente.
Aunque las primeras medidas se dirigieron contra el patrimonio somocista, el proceso se extendió mediante otras disposiciones a propietarios ausentes, empresas y tierras agrícolas. La aplicación de estas normas dio lugar a disputas sobre la legalidad de las confiscaciones, la compensación a los afectados y el destino de los bienes por las siguientes décadas.
En los últimos meses de aquel gobierno, tras la derrota electoral del Frente Sandinista en febrero de 1990, nuevas disposiciones legalizaron la ocupación de miles de viviendas. Ese proceso, conocido popularmente como la “piñata sandinista”, benefició a funcionarios, dirigentes del partido y otros ocupantes.
Más de 20 mil propiedades acabaron en manos de dirigentes, cuadros y simpatizantes sandinistas bajo regímenes de propiedad privada o colectiva a causa del proceso de La Piñata. Tal fue el impacto en la consciencia popular que en el habla nicaragüense el verbo “piñatear” fue acuñado como sinónimo de robar de forma abierta y sin miramientos.
Muchas de las propiedades usurpadas a través de ese proceso no fueron devueltas a sus propietarios y a la fecha permanecen ocupadas o fueron vendidas por los usurpadores sandinistas, lo que fue facilitado por las amnistías promulgadas en el gobierno de Violeta Barrios de Chamorro (1990-1997), a pesar de presiones de asociaciones civiles de afectados.
La confiscación hizo un retorno como práctica de represión política en la segunda dictadura sandinista, inaugurada en 2007, ahora dirigida contra opositores, periodistas, defensores de derechos humanos, organizaciones civiles, universidades e instituciones religiosas.
En septiembre de 2025, el Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua de Naciones Unidas (GHREN, por sus siglas en inglés) advirtió que las confiscaciones de propiedades forman parte de las medidas de persecución contra críticos exiliados y sus familiares.
El informe describió un patrón que incluye la privación arbitraria de nacionalidad, la prohibición de regresar al país, obstáculos para obtener documentos y la confiscación de bienes. La transferencia de las viviendas al INSS, sin una explicación pública detallada sobre el fundamento jurídico de la medida, supondría el mecanismo de blanqueo.