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  • 9:16 pm
  • Feb 7, 2023

Inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos es una violación al Código Penal: Cenidh

Las condenas dictadas por la justicia orteguista a sus adversarios políticos, no son solo una acción represiva de la dictadura sandinista para silenciar las voces disidentes, sino también son una clara violación al Código Penal de Nicaragua al contemplar la inhabilitación “de por vida” para ejercer cargos públicos o de elección popular para las personas […]
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Las condenas dictadas por la justicia orteguista a sus adversarios políticos, no son solo una acción represiva de la dictadura sandinista para silenciar las voces disidentes, sino también son una clara violación al Código Penal de Nicaragua al contemplar la inhabilitación “de por vida” para ejercer cargos públicos o de elección popular para las personas acusadas por delitos políticos.

El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), denunció que el régimen de Daniel Ortega está “delinquiendo impunemente” en complicidad con el Poder Judicial, controlado por el oficialismo, al estar contraviniendo lo que dicen las leyes y actuando en contra de las mismas, incurriendo en la comisión de delitos tipificados en el Código Penal.

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Por este caso, el organismo aseguró que los jueces y fiscales de Nicaragua deberían “ser juzgados” según las leyes.

“Denunciamos ante el mundo esta barbarie jurídica, esta persecución indiscriminada que es la destrucción total no solo de la institucionalidad sino de cualquier vestigio de seguridad jurídica que quede en el país”, expresó el organismo mediante un comunicado.

Recientemente, la juez sandinista Nadia Tardencilla, sancionada por ser la verdugo de las personas presas políticas del país, condenó a 10 años de prisión a 4 sacerdotes, 2 seminaristas y un camarógrafo, a quienes la policía mantuvo secuestrados junto con Monseñor Rolando Álvarez en la curia episcopal de Matagalpa, desde el 4 hasta el 19 de agosto de 2022.

Son “penas accesorias”

El Cenidh denunció que la sentencia es una “aberración jurídica” al contemplar la inhabilitación “de forma perpetua” para ejercer cargos públicos o de elección popular, ya que según los artículos 46, 47 y 66 entre otros del Código Penal vigente, estas son penas accesorias que no pueden durar más tiempo que el establecido en la pena principal.

Por tanto, la inhabilitación no pueden ser “de por vida”, sino que “tendrían que durar los diez años que la juez Tardencilla, famosa por sus aberraciones y su docilidad delictiva les ha aplicado”. No obstante, el Cenidh dijo que los jueces, a petición de los fiscales, agregan como sentencia firme la inhabilitación “de forma perpetua”.

“Para CENIDH esto es una afrenta al derecho, una afrenta a la comunidad internacional y a los organismos internacionales de protección de derechos humanos, que permanentemente están insistiendo en condenar las violaciones a las garantías del debido proceso, a las que están sujetas las personas presas políticas en Nicaragua”, agregó el organismo.

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Se ha violado “los artos. 55 y 56 del Código Penal que invocan, ya que dichos artículos señalan el tiempo de duración de estas ‘penas privativas de otros derechos’, por lo que jamás se pueden aplicar de forma indefinida”, finaliza.

En Nicaragua se contabilizan 14 personas presas políticas a quienes se les ha hecho la misma aplicación “ilegal”, con la agravante de que los jueces a solicitud de los fiscales, sin ningún trámite, sin tener ninguna facultad de cambiar una letra de una sentencia que está firme, alteran su contenido.

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