• Managua, Nicaragua
  • 1:54 am
  • Abr 27, 2022

Dictan 6 años de prisión para el femicida de Britney Olivas

Por el delito de femicidio con el agravante de asesinato y asesinato agravado fue sentenciado a 6 años de cárcel el adolescente femicida Justo Pastor Ortiz Arauz de 17 años de edad, originario de Estelí y estudiante de primer año de la carrera de ingeniería civil. El procesado admitió el pasado cinco de abril haber […]
Britney Olivas asesinada en Estelí
  • Prensa Nicaragua Actual
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Por el delito de femicidio con el agravante de asesinato y asesinato agravado fue sentenciado a 6 años de cárcel el adolescente femicida Justo Pastor Ortiz Arauz de 17 años de edad, originario de Estelí y estudiante de primer año de la carrera de ingeniería civil.

El procesado admitió el pasado cinco de abril haber acabado con la vida de la adolescente Britney Xobelsis Olivas; ante la jueza María Elsa Laguna Herrera, titular del juzgado penal de distrito de adolescentes de Estelí y quien emitió la sentencia.

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“Esta autoridad impone al adolescente J.P.O.A, un tiempo de SEIS AÑOS,  de medidas, las que debe de cumplir tomando en cuenta su realidad personal partiendo de la edad de diecisiete años, que la finalidad de las medidas impuestas al adolescente, deben tener un fin primordialmente educativo y de reinserción del adolescente a su familia y a la sociedad, este como principio rector de la Justicia Penal Especializada”, reza la cédula judicial del caso a la que tuvo acceso Nicaragua Actual.

Ortiz Arauz, deberá cumplir con la privación de su libertad en el Sistema Penitenciario Puertas de la Esperanza en Estelí.

De igual manera se le impuso seis meses en los que deberá presentar servicios a la comunidad, al menos 4 horas por semanas en instituciones públicas o locaciones que indiquen las autoridades correspondientes.

La judicial ordenó tratamiento psicoterapéutico para el adolescente, medidas de prevención, consolidación de su carácter, control de la ira, autocontrol, terapias grupales y familiares dirigidas a evitar recaiga en “depresión grave”.

“Las medidas impuestas extinguen el trece de Marzo del dos mil veintiocho; se ordena emitir informes periódicos y sistemáticos del avance en el tratamiento del adolescente J.P.O.A por parte de las autoridades del Centro Penitenciario” estableció la judicial.

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En tanto, la motocicleta y el teléfono celular que le fue ocupado al procesado durante su detención le fueron devueltos a su padre Justo Pastor Ortiz quien presentó documentación que lo acreditaba como propietario del automotor y el móvil.

 

 

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