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  • 9:23 am
  • Sep 12, 2024

Dictadura de Nicaragua aumenta penas contra opositores que cometan supuestos ciberdelitos

Cuando la ley fue creada y aprobada en 2020, establecía hasta 10 años como pena máxima de prisión por ciberdelito, ahora serán juzgados hasta 15 años.

Periodistas y activistas han denunciado la Ley de Ciberdelitos en Nicaragua. [Foto Houston Castillo, VOA]
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La Asamblea Nacional, controlada por el oficialismo, aprobó un paquete de reformas en las que incluye la Ley Mordaza o Ley de Ciberdelitos, el Código Penal y Ley Antilavado, para herir más a los nicaragüenses a través de enjuiciamientos y confiscaciones de bienes de personas u organismos nicaragüenses dentro y fuera del país que hayan cometido delitos contra el Estado.

En este caso hablaremos sobre la Ley 1042, Ley Especial de Ciberdelitos, la cual fue reformada para aumentar hasta 15 años de prisión por delitos informáticos, cargos por los que han sido acusados y procesados los opositores al régimen sandinista.

Cuando la ley fue creada y aprobada en 2020, establecía hasta 10 años como pena máxima de prisión por ciberdelito. La reforma fue aprobada sin cuestionamientos, ni oposición este miércoles 11 de septiembre.

Estas son las nuevas aplicaciones a la Ley 1042

  • Por “interferencia del sistema informático o datos”, la nueva sanción será de cuatro a siete años. Antes era de tres a cinco años.
  • Por “alteración, daño a la integridad y disponibilidad de datos”, la nueva sanción es de siete a 15 años de prisión. Antes era de cuatro a seis años para ese delito.
  • Por “daños a sistemas informáticos”, la pena aumenta hasta siete años. Antes eran seis años máximo.
  • Por “propagación o difusión de noticias falsas o tergiversadas a través de las tecnologías de la información y la comunicación”, aumenta la pena hasta cinco años de prisión. Y si la publicación incita a la discriminación, al odio y a la violencia por motivos raciales, religiosos, políticos, entre otros, puede llegar a ascender a 10 años. Antes, el máximo de la condena para este delito era de cinco años.

Entre los artículos reformados, también se modificó el artículo 1 el cual tiene como objetivo investigar, perseguir y sancionar los delitos cometidos por el uso de redes sociales y aplicaciones móviles. Anteriormente el artículo indicaba que se enjuiciaría a los ciudadanos que cometan “delitos por medio de las tecnologías de la información y comunicación”.

En la ley original, aprobada en el año 2020, sólo se establecía que la ley era de orden público y con las últimas reformas, ahora se aplicará a quienes cometan los delitos previstos dentro y fuera de Nicaragua.

Vigilarán las redes sociales

Este mismo 11 de septiembre, se conoció que Ortega y Murillo le dio facultad a la policía sandinista de ejecutar “vigilancia electrónica” a cualquier persona natural y jurídica que esté bajo investigación sin necesidad de tener una orden judicial.

Las nuevas reformas darán facultada a la policía sandinista pedir a las empresas telefónicas “información de los titulares de líneas telefónicas móviles, fijas, servicios asociados, relación de llamadas, mensajes de texto y voz, geolocalización, la ubicación de antenas emisoras y receptoras”.

También la policía ordenará  a las telefonías que les brinden el  “número del módulo de identidad del suscriptor, de las direcciones de protocolos de internet, la identidad internacional de un equipo móvil y los usuarios vinculados a los equipos de las empresas telefónicas”.

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