Dictadura quita a universidades públicas exención del pago a los servicios básicos
Los diputados sandinista aprobaron reformar el artículo 55 de la Ley No. 89, sobre el patrimonio de las universidades y centros educativos técnicos superior.

Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Recinto Rubén Darío
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El dictador Daniel Ortega obligará a las universidades públicas de todo el país, entre ellas las que han sido confiscadas desde 2018, a realizar el pago de los servicios básicos como agua, electricidad, teléfono, internet y correos, de los que estaban exentos hasta este miércoles 25 de septiembre como parte del 6% del Presupuesto General de Ingresos de la República.
Mediante la votación unánime de los diputados de la oficialista Asamblea Nacional, desde este miércoles se les exigirá a las universidades públicas asumir los gastos básicos a solicitud de Ortega, luego que se aprobara una iniciativa de reforma a la Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior (Ley No. 89).
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La diputada sandinista Ángela Espinoza, presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, se refirió a la iniciativa de reforma y se justificó diciendo que esta aprobación es parte del compromiso con el medio ambiente.
Explicó que a partir de ahora las instituciones de educación superior deben tomar medidas amigables con el medio ambiente para el buen uso de los servicios básicos como energía, agua y telefonía, de manera que éstas cumplan de forma eficaz con estos servicios.
Pagos públicos no deben superar el 6% constitucional
La Asamblea Nacional informó en una nota de prensa que la nueva reforma “reafirma el aporte ordinario del Estado a la Autonomía Universitaria, el cual no debe ser menor del 6 por ciento del Presupuesto General de Ingresos de la República y que deberá calcularse sobre el total de los ingresos ordinarios y extraordinarios establecidos en el Presupuesto General de la República, independientemente del origen de dichos ingresos”.
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Para Ortega, las universidades en poder del Estado sandinista ya son capaces de adquirir sus “derechos y contraer obligaciones” como cualquier institución, por lo que deben “asumir el pago de los servicios adquiridos para el cumplimiento de sus funciones, en el marco de su autonomía financiera”.
La reforma fue al artículo 55 de dicha ley sobre el patrimonio de las universidades y centros educativos técnicos superior, en el que antes se establecía que estos estaban “exentos del pago de los servicios públicos” y que serían “brindados de manera gratuita por el Estado y sus instituciones”.