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  • 10:17 pm
  • Feb 28, 2023

Costa Rica anuncia Categoría Especial para migrantes nicaragüenses, venezolanos y cubanos

La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica (DGME), anunció este martes que a partir del próximo 1 de marzo las personas migrantes nicaragüenses, venezolanas y cubanas, podrán aplicar a la nueva “Categoría Especial Temporal” con el fin de apresurar su legalidad laboral en el país centroamericano.  Según la Viceministra de Gobernación y […]
Nicaragüenses en Costa Rica Categoría Especial
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La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica (DGME), anunció este martes que a partir del próximo 1 de marzo las personas migrantes nicaragüenses, venezolanas y cubanas, podrán aplicar a la nueva “Categoría Especial Temporal” con el fin de apresurar su legalidad laboral en el país centroamericano. 

Según la Viceministra de Gobernación y Directora General de Migración, la licenciada Marlen Luna, el nuevo proceso migratorio ayudará a que los nicaragüenses, así como los venezolanos y cubanos, obtenga un permiso de trabajo y otro para poder salir del país cuando así lo disponga la persona beneficiada.

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La funcionaria costarricense afirmó que el proceso se extiende para quienes “tengan una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado pendiente o que haya sido denegada”.

“El día de mañana entrará en vigencia la nueva Categoría migratoria para personas venezolanas, nicaragüenses y cubanas, que hayan hecho solicitudes de refugio en el país o actualmente tenga una solicitud pendiente de resolver y que quieran trasladarse”, explicó Luna.

“Esto implica aseguramiento a la Caja (C.C.S.S.), la posibilidad de trabajar en el país e implica la posibilidad de que puedan salir también a su país de origen o a otros países”, finalizó.

Requisitos a cumplir

Migración de Costa Rica indicó que las personas aspirantes recibirán citas a partir del próximo 15 de abril, luego que los migrantes apliquen al proceso de “Categoría Especial Temporal” por medio de la línea de call center 1311, o bien a través del sitio web de la institución.

Para esto, el gobierno ha dispuesto cuatro requisitos que deben cumplir las personas que deseen aplicar a la Categoría Especial.

  1. Haber realizado una solicitud para el reconocimiento de refugio después del 1 de enero del 2010 y hasta el 30 de setiembre del 2022.
  2. Haber residido en el territorio nacional desde el momento en que se formuló la solicitud de refugio y hasta la fecha en la que se presente la solicitud para la categoría especial.
  3. Que la solicitud de refugio se encuentre pendiente o haya sido denegada en firme a la fecha de entrada del Decreto
  4. Que no cuente con ninguna otra categoría de permanencia en el país aprobada.

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Asimismo, las personas aspirantes deben cumplir con los requisitos establecidos como: formulario de filiación, certificado de nacimiento legalizado o apostillado, certificación de antecedentes penales legalizado o apostillado, fotocopia de la primera página del pasaporte o la cédula de identidad de su país de origen y comprobante de huellas.

Migración también realizará la revisión de antecedentes penales y policiales previo a la aprobación del proceso, y advirtió que el otorgamiento de la categoría se podría suspender tras esta revisión, a través de las bases de datos nacionales e internacionales, además, en caso necesario se realizarán revisiones biométricas.

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