• San José, Costa Rica
  • 10:46 am
  • Ene 13, 2026

Dictadura impide a nicaragüenses obtener segunda nacionalidad

La reforma fue aprobada en mayo de 2025 y ratificada el miércoles, 14 de enero.

Asamblea Nacional aprueba "Declaración" en apoyo a Palestina frente a ataques contra Israel.

Diputados sandinistas durante una sesión de la Asamblea Nacional. Imagen de referencia.

  • Medios Oficialistas

La Asamblea Nacional, controlada por la dictadura sandinista de Daniel Ortega Rosario Murllo, ratificó la reforma a la constitución que impide a los nicaragüenses adquirir una segunda nacionalidad al aperturar la XLII Legislatura el 10 de enero, décimonoveno aniversario del regreso al poder del Frente Sandinista.

La reforma modifica principalmente los artículos 23 y 25 de la Constitución (numeración según la versión vigente tras las grandes reformas de febrero de 2025). Antes de este cambio, el texto constitucional garantizaba explícitamente que “la calidad de nacional no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad“.

La reforma fue introducida el 16 de mayo de 2025 y específicamente mandata que cualquier ciudadano nicaragüense que adquiera voluntariamente otra nacionalidad pierda de forma automática su condición de nacional nicaragüense. Al mismo tiempo, extiende una excepción a los centroamericanos que deseen adquirir la nacionalidad nicaragüense.

Esto genera una curiosa situación en la que los nicaragüenses pierden derechos en relación a ciudadanos extranjeros, ya que no hay excepción alguna para ciudadanos nacionales que busquen adquirir la nacionalidad de otro país centroamericano.

Los operadores del Frente Sandinista en la Asamblea han insistido en varias ocasiones en que esta reforma no tiene carácter retroactivo. Por lo tanto, quienes ya poseen doble nacionalidad antes de aprobarse la reforma conservarían —en principio— ambas ciudadanías.

El régimen justificó esta medida invocando al guerrillero Nicolás Calderón Sandino, argumentando que la nacionalidad nicaragüense representa un “pacto sagrado de lealtad” hacia la patria, y que no puede existir “doble fidelidad”. Según la exposición de motivos, quien jura lealtad a otro Estado extranjero rompe el vínculo jurídico y moral con Nicaragua.

Esta diferencia de trato ha sido criticada por juristas y opositores como una medida que apunta principalmente a restringir los derechos de la diáspora nicaragüense, sobre todo aquellos que han debido salir del país por motivos políticos, económicos o de seguridad desde 2018, muchos delos cuales han obtenido refugio o se han vuelto ciudadanos de países como Costa Rica, Estados Unidos, España o México.

Expertos en derecho internacional han advertido que la reforma podría generar conflictos con tratados bilaterales de doble nacionalidad (como el que existe con España), así como con principios del derecho internacional de los derechos humanos, incluyendo el riesgo de apatridia en algunos casos, especialmente cuando involucra a menores de edad.

En la práctica, la dictadura sandinista ha utilizado la revocación de la nacionalidad como una medida punitiva contra al menos 452 opositores, así como la apatridia de facto (la negativa a renovar documentos y prestar otros servicios inherentes a la ciudadanía nicaragüense) a un número mucho mayor pero indefinido.

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