Costa Rica interrumpe proceso de valoración a Categoría Especial para solicitantes de refugio

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La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica (DGME), este pasado lunes 7 de agosto, informó de último momento que se procedió a suspender el proceso de revisión a las solicitudes presentadas para la Categoría Especial Temporal para personas migrantes de Nicaragua, Venezuela y Cuba.
Las autoridades migratoria aclararon mediante un comunicado, que esta suspensión está dirigida solamente para aquellas personas migrantes que aplicaron a la condición de refugiado y aún esperan una resolución a su petición.
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“Como institución (DGME) ha procedido con la suspensión de valoración de las solicitudes presentadas para la “Categoría Especial Temporal” para personas nacionales de Cuba, Nicaragua y Venezuela, cuyas solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado se encuentren pendientes de resolución”, reza el comunicado oficial.
En el caso de los nicaragüenses, venezolanos y cubanos, a quienes se les denegó la solicitud de condición de refugiado en Costa Rica y posteriormente optaron a la Categoría Especial Temporal, su proceso continúa como se estableció a finales del pasado mes de febrero.
“Las personas a quienes se les haya denegado la solicitud de refugio de acuerdo a lo establecido en el decreto mencionado, y quienes se encuentren interesadas en presentar los requisitos de esta categoría, la recepción de solicitudes continúa bajo el procedimiento establecido, llamando al 1311 o a través del portal de citas web” de la DGME, agrega.
¿Por qué se suspende esta Categoría?
La DGME explicó que la suspensión de valoración a la Categoría Especial Temporal a las personas que todavía sean solicitantes de refugio, se originó luego de una “Acción de Inconstitucionalidad promovida por un usuario con relación a la reforma al decreto No 43809-MGP“.
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En este sentido, las autoridades costarricenses aclararon que no podrán continuar de forma normal con el proceso de valoración de solicitudes a esta Categoría hasta que la acción de inconstitucionalidad sea resuelta por la Sala Constitucional.
“Por ello, quienes presentaron la documentación para este trámite, su solicitud se encuentra a la espera de la respuesta de la Acción de Inconstitucionalidad por parte de la Sala Constitucional para que continúe el curso de su solicitud”, añade el comunicado.
La Categoría Especial Temporal entró en vigencia desde el 1 de marzo pasado, y es un beneficio para que las personas migrantes de Nicaragua, Venezuela y Cuba obtenga un permiso de trabajo en Costa Rica y otro para poder salir del país cuando así lo disponga la persona.
Cabe señalar, que desde un inicio las autoridades explicaron que el proceso se extiende para quienes “tengan una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado pendiente o que haya sido denegada”.