Juez rechaza ampliar condena contra conductor de bus en el que murieron 15 venezolanos

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Tres meses después de que la justicia de Nicaragua condenara a 6 años y 5 meses al ciudadano Alfredo Antonio Palma, de 46 años de edad, por el delito de homicidio imprudente, el Ministerio Público pidió al juez de Distrito Penal de Juicio de Estelí, Erick Laguna, ampliar la condena a 91 años, sin embargo el judicial rechazó dicha solicitud.
La noche del pasado 27 de julio, Palma conducía un bus que cubría la ruta Managua-Jalapa mismo en el que viajaban migrantes venezolanos que iban rumbo a Estados Unidos. Pero a la altura del kilómetro 171 de la carretera Panamericana Norte, en la cuesta La Cucamonga, en Estelí, el busero perdió el control por el exceso de velocidad y terminó colisionando con varios carros hasta caer a un abismo.
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En el lugar perdieron la vida al menos 16 personas (un nicaragüense y 15 migrantes venezolanos), y otras 23 resultaron lesionadas, entre ellos menores de edad.
A finales del pasado mes de agosto, el juez Efrén Antúnez, del Juzgado Local Penal de Estelí, sentenció al conductor del bus a 6 años y 5 meses de prisión por los delitos de homicidio imprudente y lesiones imprudentes, luego que este se confesara culpable del trágico accidente que estremeció a todo el país.
No obstante, mediante un recurso de apelación la fiscalía solicitó para el conductor del bus una condena de al menos 91 años de prisión; 64 años por homicidio, (cuatro por cada víctima), 8 por lesiones graves en perjuicio de 4 pasajeros (dos por cada uno) y 19 años por lesiones leves en perjuicio de igual número de personas.
Sin embargo, dicha solicitud fue rechazada el pasado 2 de diciembre por el juez Laguna, reafirmando así la condena de 6 años y 5 meses de prisión para el acusado; 4 por homicidio imprudente, un año y 5 meses por lesiones graves, y un año por lesiones leves imprudentes.
Defensa pidió reducir condena
Por su parte, la defensa del acusado, la abogada Aracely García Urbina, interpuso otro recurso de apelación para solicitar a la autoridad judicial reducir la condena de su cliente y que se le otorgue el beneficio de suspensión de pena. Pero el juez también la rechazó indicando que no “hay lugar a la apelación”.
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Por ello, la defensa solicitaba al juez dictara una nueva sentencia que no sobrepasara los 4 años de prisión, y a la vez se le suspendiera la pena al no contar con antecedentes delictivos y por haber reconocido la gravedad de los hechos.