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Multimedia Video – Honduras adopta reciprocidad y pide visa a costarricenses
Honduras solicitará visa consular a ciudadanos de Costa Rica que deseen ingresar al territorio catracho a partir de este martes, según anunció el país centroamericano en reciprocidad a la medida de Costa Rica.
Este 9 de octubre, el ministro de Seguridad y Gobernación de Costa Rica, Mario Zamora, anunció que desde este 10 de octubre se requerirá de una visa a los ciudadanos de Honduras que deseen ingresar a suelo costarricense.
Esta decisión representa un giro en las relaciones entre ambos países y refleja la importancia de mantener un equilibrio en los requerimientos de visados entre naciones vecinas.
Para realizar el cambio se otorgó una prórroga de 72 horas el cual venció este lunes a las 9 p. m.
De acuerdo con Mario Zamora, la solicitud de la visa consular a los hondureños es debido a motivos de seguridad.
“Precisamente, no hubo información previa, ya que fue adoptada en el momento técnico oportuno desde el punto de vista de la seguridad.
“Es una orden directa del ministro Mario Zamora y, por supuesto, responde a criterios técnicos en materia de seguridad. Esta medida de restricción migratoria se desarrolla en el ejercicio de las facultades soberanas.
Los requisitos que deben presentar los hondureños son:
1. Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya: Nombre completo y apellidos, nacionalidad, número de pasaporte, lugar de residencia, motivo del viaje, tiempo previsto de permanencia en Costa Rica, lugar y fecha aproximada de llegada y salida del país, profesión u oficio, dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica, fecha y lugar de nacimiento del interesado, fax para recibir notificaciones, fecha y firma.
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2. Pasaporte o documento de viaje, vigente con fecha de vencimiento no menor a los seis meses. Además, copia de la totalidad del mismo.
3. Reserva tentativa del tiquete, boleto o pasaje de regreso o de continuación del viaje.
4. Comprobante de los medios económicos para su subsistencia durante su permanencia en el país.
5. Aportar antecedentes penales vigentes. Si estuvieren en otro idioma, deberán aportarse con su debida traducción al idioma español.
6. El Cónsul podrá solicitar de ser necesario, documentos adicionales que sean emitidos en el país de origen del solicitante, siempre que su presentación sea fundamental para el análisis en el otorgamiento de la visa.
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