• Managua, Nicaragua
  • 5:32 pm
  • Abr 29, 2021

Nueve nicaragüenses deportados y dos expulsados por Migración de Costa Rica

Autoridades de Migración de Costa Rica deportaron a 9 nicaragüenses y expulsaron a otros dos este martes 27 de abril. Los nueve nicaragüenses que fueron deportados se encontraban recluidos en el Centro de Aprehensión Región Central (CARC) ubicado en Los Lagos de Heredia, mientras otros dos fueron expulsados del país. De los nueve, uno de […]
  • Prensa Nicaragua Actual
  • Nicaragua Actual

Autoridades de Migración de Costa Rica deportaron a 9 nicaragüenses y expulsaron a otros dos este martes 27 de abril.

Los nueve nicaragüenses que fueron deportados se encontraban recluidos en el Centro de Aprehensión Región Central (CARC) ubicado en Los Lagos de Heredia, mientras otros dos fueron expulsados del país.

De los nueve, uno de ellos de apellidos Reyes Sequeira, registra una difusión azul, por ser investigado en Nicaragua, por un delito de homicidio; mientras tanto en Costa Rica, este fue sentenciado en el 2013, con pena de 6 años, por venta de drogas.


Mientras tanto las otras ocho personas fueron deportadas por encontrarse en condición migratoria irregular.

“Las expulsiones dadas se realizaron a dos nicaragüenses de apellidos Palacio Obregón y Ríos Silva, ambos contaban con residencia permanente, la cual fue cancelada; sin embargo, la expulsión de Palacios Obregón fue motivada por haber sido condenado a 12 años y 08 meses de prisión, por el delito de violación agravada; razón por la cual, se le impuso un impedimento de entrada de 25 años. Mientras que, Ríos Silva, cumplió condena de 06 años por el delito venta de drogas, por lo que se ordenó la expulsión del país, con un impedimento de entrada por 10 años”, de acuerdo con la información brindada por fuentes costarricenses.

Once expulsiones se han realizado durante el primer cuatrimestre del 2021 por contar con delitos como abuso sexual, transporte de drogas, e incluso homicidios.

“La expulsión se da mediante resolución razonada, por medio de la cual la persona extranjera que goce de permanencia legal, bajo cualquier categoría migratoria, deberá abandonar el territorio nacional, en el plazo fijado cuando se considere que sus actividades comprometen la paz, la seguridad pública, la tranquilidad o el orden público”, reza el artículo 186 de la Ley General de Migración y Extranjería.

LEER ADEMÁS: Costa Rica gestiona con Estados Unidos donación de vacunas para Centroamérica


Enfrentamos muchos desafíos para contar lo que pasa en Nicaragua

Danos tu apoyo para informar.

Donar Ahora

Noticias Relacionadas