Ordenan a herederos pagar pensión a hijo fuera del testamento de su difunto padre

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En Managua, una demanda por herencia escaló y logró resolverse en favor del afectado. Se trata de un joven de 19 años de edad, quien desde que murió su padre en mayo de 2020, durante la pandemia del Covid-19, quedó desprotegido al no figurar como uno de los beneficiados en el testamento de su progenitor.
La Jueza Tercero de Distrito de Familia de Managua, la doctora Xiomara Rivera Zamora, ordenó a los sietes herederos del difunto empresario nicaragüense, pagar la pensión a su hermano menor excluido del testamento y nacido fuera del matrimonio, hasta que cumpla sus 23 años de edad.
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El fallo se dictó como respuesta a la demanda de reforma al testamento y pago de alimentos interpuesto por el joven afectado, contra la viuda y sus siete hijos, quienes son medios hermanos del demandante, todos profesionales entre las edades de 34 y 36 años.
“Si bien el alimentante ha fallecido, con el hecho jurídico de su muerte no se ha extinguido la obligación alimentaria por haber dejado bienes para satisfacerla, porque del citado testamento abierto que declara herederos a los demandados y los bienes y derechos en los que le han sucedido, han quedado acreditados abundantemente en este proceso, como son cuentas bancarias, vehículos y actividades económicas lucrativas”, indica la autoridad judicial.
Se conoce que el finado preparó su testamento quince días antes de morir. Este no incluyó al demandante, quien en ese momento cumplía sus 17 años de edad. Desde ese entonces, el adolescente decidió abandonar la universidad al no poder costear sus estudios por la falta del apoyo de su progenitor.
Por su parte, los siete hermanos fueron beneficiados con una herencia de una flota de 26 vehículos, 15 de ellos camiones de transporte de carga, y cuentas bancarias en cinco instituciones hasta por un monto aproximado de 178 mil córdobas y 14 mil 700 dólares.
Acuerdan pagar pensión por 4 años
Durante la audiencia, el joven llegó a un acuerdo entre la viuda y dos de sus hermanos, quienes se comprometieron en asumir el 100 por ciento de los gastos de salud y educación. En el caso de sus otros hermanos, la jueza determinó que paguen al “demandante” la suma de 75 dólares mensuales cada uno.
Asimismo, están en la obligación de pagar la pensión congelada al joven universitario desde mayo de 2020 hasta la actualidad, misma que le fue despojada tras el fallecimiento de su progenitor.
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“Se torna necesario corregir la omisión del testador, así que los herederos pagarán la cuota alimentaria que desde el mes de junio de 2020 debieron comenzar a pagar por incidir forzosamente en la masa hereditaria, porque la obligación alimentaria subsiste al haber dejado bienes a su muerte el alimentante”, agrega.
“En tanto el alimentista deberá acreditar su rendimiento académico semestralmente a partir del presente año 2023”, finaliza.
Cabe señalar que la demanda del joven fue tramitada por la jueza Rivera Zamora luego de ser “inadmitida” en otro juzgado.